|
Trabajando por el Acceso a la Información Ambiental |
|
|
|
|
El Principio de acceso a la información, la participación y la justicia en temas ambientales fue establecido en la Declaración de Río de 1992. Esta Declaración es uno de los principales instrumentos orientadores del derecho ambiental internacional contemporáneo porque establece 27 principios sobre los que deben basarse tanto la legislación como la gestión ambiental. El principio de acceso a la información y a la participación está consagrado en la actual Constitución Política de Estado y en leyes y decretos. La Ley del Medio Ambiente y sus reglamentos prescriben el derecho a la información en varios artículos. Sin embargo, muchos funcionarios públicos desconocen estas leyes y se niegan a brindar la información solicitada. No es el caso del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos que ha demostrado interés y voluntad en aplicar este Principio tanto al afiliarse a la Alianza Internacional por el Principio 10, como también con una serie de medidas y acciones concretas.
|
|
Leer más...
|
|
|
Acceso a la Información Ambiental |
|
|
|
|
El acceso a la información ambiental es indispensable para que la población y los grupos interesados puedan influir en la toma de decisiones, en la legislación ambiental o evitar actividades que afecten su salud y al medio donde habita. Por eso el acceso a la información es un Principio consagrado tanto en la legislación nacional como internacional. La Ley del Medio Ambiente, por ejemplo prescribe: Toda persona tiene derecho a ser informada veraz, oportuna y suficientemente sobre las cuestiones vinculadas con la protección del medio ambiente, así como a formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo, ante las autoridades competentes que se relacionen con dicha protección (LMA, Art. 93º). |
|
Leer más...
|
|
|
PRODENA promueve en Bolivia la implementación del Principio 10 de la Declaración de Rio sobre Medio Ambiente y Desarrollo, que prescribe:
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información que dispongan las autoridades públicas sobre el medio ambiente, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes. PRODENA, actualmente trabaja por la implementación de este Principio en Bolivia en el marco de la Coalición Iniciativa Acceso con el apoyo del World Resources Institute. Este principio se considera fundamental para lograr la gobernanza ambiental y que la población participe en la gestión ambiental. En Bolivia, se han adherido formalmente a la Alianza Internacional por el Principio 10 el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y PRODENA. |
|
|